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martes 28 de abril 2026
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Regulan expendio de bebidas alcohólicas en Caracas: estos son los horarios y las multas

La Superintendencia Municipal de Administración y Recaudación (SUMAR) de la Alcaldía de Libertador publicó el martes 28 de abril el horario establecido para el expendio de bebidas alcohólicas en Caracas.

“Recuerda que el incumplimiento de estas disposiciones legales dará lugar a sanciones y cierres previstos en la Ordenanza vigente”, agregó SUMAR en la publicación de su cuenta de Instagram.

De acuerdo con la normativa de SUMAR, el horario de expendio de bebidas alcohólicas en el municipio Libertador puede variar dependiendo del tipo de establecimiento. Además, bebidas como la cerveza y el vino también tienen su propio horario establecido.

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Foto: EFE

Horarios para la venta de bebidas alcohólicas

El organismo indicó en sus redes sociales que estos horarios se mencionan en el artículo 71 de la ordenanza que regula la autorización para el expendio de bebidas alcohólicas.

Ventas al por mayor y al por menor

De lunes a sábado desde las 11:00 am hasta las 11:00 pm.

De consumo

-Cantinas en hoteles: desde las 11:00 am hasta las 2:00 am.

-Restaurantes: desde las 11:00 am hasta la 1:00 am.

-Clubes sociales: desde las 11:00 am hasta las 2:00 am.

-Clubes nocturnos, cabarets, salones de baile u otros negocios donde se ofrezca música para bailar, variedades o espectáculos similares: desde las 8:00 pm hasta las 3:00 am.

-Bares independientes: desde las 11:00 am hasta las 2:00 am.

Expendio de cervezas y vino

-Hoteles: desde las 11:00 am hasta las 2:00 am.

-Restaurantes: desde las 11:00 am hasta la 1:00 am.

-Clubes sociales: desde las 11:00 am hasta las 2:00 am.

Expendios temporales

En este caso, el horario lo determinará la SUMAR de acuerdo con el permiso concedido a los espectáculos públicos. Sin embargo, el expendio no deberá exceder un máximo de 12 horas continuas por cada día.

Sanciones en caso de incumplimiento

La Ordenanza que Regula la Autorización para el Expendio de Bebidas Alcohólicas establece las multas y las sanciones en los artículos desde el 53 al 59. El monto aparece reflejado en la Unidad Tributaria Municipal (UTM), la cual puede variar de acuerdo con el tipo de cambio de la moneda de mayor valor de las tasas del Banco Central de Venezuela (BCV) que generalmente es el valor del euro.

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Foto: EFE

Entre las sanciones aparecen las siguientes:

Expendio de bebidas alcohólicas sin autorización: 150 UTM y cierre por cinco días continuos.

Utilizar la autorización del expendio al mayor y al menor como expendio de consumo: 150 UTM y cierre por cinco días continuos.

No realizar la renovación de la licencia: 100 UTM y suspensión de la actividad hasta que se renueve la autorización

Falta de facturas guías: 150 UTM y el comiso de la mercancía.

No notificar cambios en las operaciones: 100 UTM.

Falta de placa de identificación del expendio: 25 UTM

No tener el cartel de prohibición de venta de bebidas alcohólicas a menores de edad: 50 UTM

Incumplir con el horario establecido en la normativa: 100 UTM.

Vender, suministrar u ofrecer bebidas alcohólicas a menores de edad: 100 UTM.

Expender bebidas alcohólicas ilegales: 1.000 UTM.

Oponerse al procedimiento de fiscalización: 200 UTM.

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