El director de la organización no gubernamental (ONG) Laboratorio de Paz (LabPazVe), Rafael Uzcátegui, advirtió que el comunicado emitido por el Ministerio Público (MP) sobre la muerte del preso político Víctor Hugo Quero Navas presentó fallas de fondo en relación con los estándares internacionales de derechos humanos.
A través de su cuenta de X, el sociólogo y defensor de derechos humanos identificó un total de nueve omisiones institucionales que restan transparencia al proceso, ya que el informe fiscal se limita a establecer una conclusión médica sobre la causa biológica de la muerte.
De acuerdo con Uzcátegui, el comunicado del MP evade explicar las circunstancias del entorno de reclusión, la falta de notificación oportuna a los familiares y la cadena de custodia en el Centro Penitenciario Rodeo I, ubicado en el estado Miranda.
El balance oficial, difundido el 2 de junio, determinó que la muerte de Quero Navas se debió a un tromboembolismo pulmonar, sobre la base de una exhumación y autopsia realizadas el 8 de mayo de 2026.

Las preguntas que no respondió el MP
La evaluación que realizó el director de LabPazVe detalló nueve vacíos argumentales del escrito de la Fiscalía.
1. ¿Y la responsabilidad del Estado? Uzcátegui señaló que el texto oficial invisibiliza la responsabilidad especial del Estado, una obligación jurídica irrenunciable cuando un ciudadano se encuentra privado de libertad.
2. ¿Causa de muerte o explicación forense? La segunda interrogante que dejó el comunicado del MP, de acuerdo con el defensor de derechos humanos, se refiere a que el ente gubernamental confunde la causa de muerte con la explicación del deceso, debido a que el hallazgo patológico no aclara el entorno ni los factores que lo desencadenaron.
3. ¿Qué sucedió durante la desaparición forzada? Como tercera omisión, el activista apuntó que la institución no aborda la desaparición de corta duración que precedió al hallazgo del cuerpo, un hecho vinculado a la denuncia de los familiares de la víctima.
4. ¿Por qué fue enterrado sin avisar a los familiares? El análisis del sociólogo determinó en cuarto lugar que la Fiscalía no explica por qué el recluso fue sepultado sin el conocimiento de la familia, un procedimiento administrativo que privó a los allegados de información oportuna durante meses.

5. ¿Se respetaron las medidas cautelares? La quinta falla detectada consistió en que el documento fiscal no respondió a las medidas dictadas de forma previa por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) para proteger la integridad del detenido.
6. ¿Hubo una investigación a los responsables de la custodia de Quero? En sexto lugar, Uzcátegui remarcó que el órgano de justicia no investiga la posible responsabilidad institucional de las autoridades penitenciarias a cargo del Rodeo I.
7. ¿Se analizaron las condiciones de detención? Los últimos tres puntos del análisis del director de la ONG evidenciaron deficiencias en las garantías procesales, específicamente, en la séptima omisión indicó que el MP no se refirió al estado de salubridad y alimentación que vivió Quero Navas durante su privación de libertad.
8. ¿Quedaron satisfechas las solicitudes de los familiares? En octavo lugar, el activista afirmó que el balance no satisface el derecho a la verdad que asiste a los familiares y a la sociedad civil.
9. ¿Se garantizó la independencia en el proceso de investigación? Como novena observación, Uzcátegui concluyó que el informe reveló la ausencia total de organismos no estatales o de peritos independientes en la realización y validación de los procedimientos forenses.

Señalamientos al comunicado oficial del MP
La organización LabPazVe, a través de su cuenta de X, denunció que los datos aportados por el Ministerio Público poseen un sesgo metodológico que reduce la complejidad del caso a un simple expediente clínico.
“El comunicado del MP, aunque señala que la muerte se produjo por un tromboembolismo pulmonar y describe diversas diligencias forenses, no explica las circunstancias en las que ocurrió el fallecimiento de una persona que se encontraba bajo custodia del Estado, ni aborda posibles responsabilidades institucionales derivadas de esa condición”, expuso el pronunciamiento de la ONG.
LabPazVe insistió en que el Estado venezolano evadió responder a las denuncias de opacidad que formularon los familiares de Quero Navas durante las etapas previas a la exhumación.
Asimismo, alertaron que el comunicado omite cuestiones esenciales para el esclarecimiento de los hechos, como las razones por las cuales la familia fue informada de la muerte meses después de ocurrida, las circunstancias de la inhumación sin conocimiento de sus familiares, el acceso que tuvo la víctima a atención médica o las condiciones de detención en las que permaneció.
“Tampoco ofrece información sobre eventuales investigaciones a funcionarios responsables de su custodia ni responde a las preocupaciones expresadas previamente por organismos internacionales de derechos humanos”, puntualizó el Laboratorio de Paz.

La evaluación de la ONG destacó que el resultado de la necropsia resulta insuficiente frente a los baremos internacionales aplicables a las muertes ocurridas en el interior de recintos penitenciarios bajo control militar o policial.
“En consecuencia, el documento parece orientado a establecer una causa biológica de muerte, pero no satisface plenamente las exigencias de verdad, transparencia, independencia y rendición de cuentas que requieren los estándares internacionales aplicables a las muertes ocurridas bajo custodia estatal”, resaltó la ONG.
Un caso que generó cuestionamientos
La muerte de Víctor Quero se convirtió en un caso de interés público luego de que su madre, Carmen Teresa Navas, emprendiera durante más de un año una búsqueda para conocer su paradero. En ese tiempo acudió a organismos públicos, tribunales y centros de reclusión en busca de información sobre su hijo, quien había sido detenido tras las protestas poselectorales de 2024.
El caso tomó mayor notoriedad el 8 de mayo de 2026, cuando las autoridades realizaron la exhumación de unos restos que posteriormente fueron identificados como los de Quero. Para entonces, el Ministerio Público ya había informado a la familia que el detenido había fallecido mientras permanecía bajo custodia del Estado y había sido sepultado sin que sus familiares fueran notificados.
Carmen Teresa Navas murió el 17 de mayo, nueve días después de la exhumación de los restos de su hijo y de conocer oficialmente la noticia de su fallecimiento. Su muerte generó numerosas reacciones de organizaciones de derechos humanos, dirigentes políticos y familiares de otros detenidos, quienes habían acompañado públicamente su búsqueda.
La controversia en torno al caso también estuvo relacionada con las contradicciones existentes en registros y actuaciones oficiales. Organizaciones defensoras de derechos humanos señalaron que, pese a que las autoridades ubicaron la muerte de Quero entre julio y agosto de 2025, meses después continuaban existiendo documentos que lo señalaban como recluido en el Centro Penitenciario Rodeo I.
Tras la difusión pública del caso y las denuncias de familiares y organizaciones civiles, el Ministerio Público ordenó la exhumación de los restos e inició una investigación para esclarecer las circunstancias de la muerte de Quero. En el comunicado divulgado el 2 de junio, el organismo aseguró que las diligencias se realizaron conforme a lo establecido en el Código Orgánico Procesal Penal.
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