
En nuestro último escrito hicimos referencia a un drama presentado, cuando en artículo publicado en uno de los más prestigiosos diarios del país se decía que: “La mayoría de los venezolanos han tolerado sin mayores cuestionamientos la ´auto denominación de origen Ejército Libertador´ que los militares se impusieron en algún momento del pasado reciente…Ningún venezolano de buena fe podría considerar ahora que la Fuerza Armada Nacional Bolivariana es la encarnación del ejército de Bolívar…Los militares fueron el factor fundamental para desconocer la soberanía popular, expresada claramente el 28J y son el único sostén de la dictadura criminal que ha emanado de ese desconocimiento…”. Dijimos entonces, que se idealiza a “los militares” como una organización o clase social que actúa en el país liderando políticas a la par del pueblo o sociedad. También dijimos y hoy lo repetimos, que el redactor o redactores de este adefesico artículo olvidaron intencionalmente la educación o formación cívica y ciudadana, ya que en el diario compartir jurídico se ha insistido en que el militar u hombre de las armas en Venezuela se rige por una normativa constitucional legalizada, donde se entiende el fin misional de la individualidad integrante de la Fuerza Armada Nacional.
En el entendido del termino militar, hemos dicho que éste tiene muchas acepciones expuestas en artículo anterior que mencionamos: “El militar, lo militar y la política militar”, donde explicamos la diferencia de interpretación de los términos, y en todo caso no es difícil entender, que el militar como sujeto es el integrante operador de la guerra en la Fuerza Armada Nacional, institución regida por férreas normas específicas dentro de la Constitución de la Republica. En este sentido, hay que entender, que la institución militar venezolano, llamada por la Constitución que la crea, Fuerza Armada Nacional, es “…una institución esencialmente profesional, sin militancia política, organizada por el Estado para garantizar la independencia y soberanía de la Nación y asegurar la integridad del espacio geográfico, mediante la defensa militar, la cooperación en el mantenimiento del orden interno y la participación activa en el desarrollo nacional, de acuerdo a esta Constitución y la ley…”. Así es bueno entender, que la apoliticidad en de la institución, no de sus integrantes que, por ser ciudadanos, como todos los venezolanos, tienen el derecho del ejercicio de los derechos políticos, por lo que demos entender, que la apoliticidad del militar de es derivado de su ejercicio como como integrante de la FAN, su apoliticidad es de los militares en ejercicio, es decir activos, dada la restricción que hace la constitución de 1999 en su artículo 330, antes, en otras constituciones se les restringía el derecho mediante la ley.
El artículo 328 habla de “…una institución esencialmente profesional, sin militancia política, organizada por el Estado para garantizar la independencia y soberanía de la Nación…”, mientras que el 330 expresa que “Los o las integrantes de la Fuerza Armada Nacional en situación de actividad tienen derecho al sufragio de conformidad con la ley, sin que les esté permitido optar a cargo de elección popular, ni participar en actos de propaganda, militancia o proselitismo político”. Sin dudas, el militar, por ser ciudadano, es un ser político, mas no deliberante en servicio activo, porque tiene la prohibición constitucional, que le permite participar en el juego de la política. Sin dudas, es un animal político, entendiendo a Aristóteles, pero la sociedad, para su neutralidad, le prohíbe su participación en la política.
@Enriqueprietos
