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“En rigor, el concepto ‘traición a la patria’ (…) se ha llenado de valoraciones políticas que, sin una definición rigurosa, pueden convertirse en instrumento de atropello a los derechos humanos en un Estado de derecho.” – Reflexión jurídico-crítica sobre el delito de traición.
Por Alfredo Álvarez
En el escenario de las sociedades postmodernas, la llamada guerra cultural se configura como un campo de disputa simbólica donde se redefinen los límites del poder político, la identidad nacional y los valores universales de la democracia liberal. Este fenómeno no solo expresa el conflicto entre proyectos ideológicos contradictorios, sino también la pugna por imponer narrativas que doten de sentido a la soberanía y a la pertenencia colectiva. En este marco, la retórica de la “soberanía nacional” y la denuncia de la “traición a la patria” reemergen como los instrumentos discursivos que buscan restaurar una homogeneidad cultural frente a las lógicas cosmopolitas de los derechos humanos y la pluralidad democrática.
La presente reflexión propone una lectura teórica integrada de ambas dimensiones —la soberanía como principio identitario y la civilidad liberal como horizonte normativo— con el fin de explorar cómo el debate sobre la nación y la modernidad se convierte en el núcleo de una nueva batalla por el sentido en la era global. La soberanía “sagrada” e inmodificable y la “traición a la patria” como etiqueta automática para la disidencia son categorías pensadas para otro mundo, constituido por Estados cerrados, sociedades homogéneas y guerras interestatales clásicas. Hoy, la teoría política, el derecho internacional y la filosofía política permiten desmontarlas y reubicarlas en su verdadero contexto histórico, sin negar el problema del poder externo, pero impidiendo que se usen como coartada para blindar tiranías.
La palabra “patria” ha sido secuestrada y la “soberanía” se ha vuelto un talismán que algunos agitan para exigir obediencia ciega. Mientras tanto, ocurre que la “traición” es una etiqueta que se pega sobre todo aquel que se atreve a decir que el rey va desnudo. Ese lenguaje no describe el mundo en que se vive en este momento, describe el mundo para el que fueron diseñadas las monarquías absolutas y los nacionalismos del siglo XIX. Hoy, en un mundo digital, conducido por el imperativo de ela IA, seguir usándolo como si fuera incuestionable, es una forma de sumisión intelectual, o de una pereza mental patética.
La soberanía mutó desde de ser considerada un escudo del monarca, hasta la responsabilidad ante las personas. La teoría política moderna nació obsesionada con el problema del orden, en cómo evitar la guerra civil, cómo consolidar el Estado, cómo centralizar la fuerza. Bodin, Hobbes y sus herederos imaginaron una soberanía “absoluta, indivisible, exclusiva”. Un poder que no reconoce superior en lo interno ni en lo externo. Ese concepto sirvió para quebrar el poder de señores feudales, iglesias y ciudades libres, pero su vez generó un costo muy alto. Convirtió al Estado, en una especie de dios terrestre, al que se le debía fidelidad incondicional.
Esa arquitectura teórica ha sido profundamente corregida. El siglo XX no es solo el siglo de las guerras mundiales; es también el siglo en el que se codifica algo radical: ningún gobierno tiene licencia para aniquilar a su pueblo detrás del argumento de la “soberanía interna”. El derecho internacional introduce límites materiales a la soberanía, el genocidio, los crímenes de lesa humanidad, tortura y desaparición forzada son fronteras infranqueables, incluso para un poder democráticamente elegido.
Cuando un régimen invoca “soberanía” para blindarse frente a acusaciones de ejecuciones extrajudiciales, torturas, hambrunas inducidas o destrucción deliberada del Estado de derecho, no está defendiendo la soberanía en sentido contemporáneo. Está invocando una versión arcaica, pensada para proteger tronos, no vidas humanas. En el orden jurídico actual, soberanía no significa “hago lo que quiero dentro de mis fronteras”, sino “soy responsable de garantizar derechos y de responder ante la comunidad internacional, si falto gravemente a ese deber”.
La nación, el pueblo, la patria son parte del mito homogéneo que se opone a la pluralidad de ciudadanos. Estas palabras “nación” y “patria” son poderosas porque tocan emociones profundas, afectos primarios, pertenencias, memorias. Pero la filosofía política y la sociología han mostrado que no son esencias eternas, sino que representan “construcciones históricas”, relatos compartidos que pueden usarse tanto para la emancipación, como para la dominación.
Durante buena parte de la modernidad, “el pueblo” se imaginó como un cuerpo único, con una sola voluntad, expresada por un líder, un partido o un caudillo. Esa idea alimentó tanto a las heroicas revoluciones, como a las férreas dictaduras de diezmaron el continente. Hoy, la teoría democrática contemporánea describe al pueblo como una pluralidad permanente, transversalmente cruzada por desacuerdos legítimos, activas minorías, disidencias legítimas y conflictos de intereses. No hay “un” pueblo; hay ciudadanos diversos bajo un mismo marco de derechos.
En ese marco, la patria deja de ser la propiedad simbólica de un gobierno para convertirse en la “comunidad de derechos” que esos ciudadanos comparten. No es la bandera ni el territorio lo que primero debe protegerse, sino la posibilidad efectiva de vivir sin miedo, hablar sin represalias, organizarse sin ser criminalizado y cambiar de gobierno sin derramamiento de sangre. Quien destruye esas condiciones, traiciona un “patriotismo democrático”, aunque se envuelva en símbolos nacionales.
La traición a la patria no es más que la inversión semántica del autoritarismo. La figura penal de la “traición a la patria” surge en códigos diseñados para proteger al Estado frente a invasiones militares, golpes de Estado y conspiraciones con potencias enemigas. Su sujeto pasivo es el Estado entendido como institución, no un gobierno concreto, ni mucho menos un líder carismático. En la narrativa autoritaria, esa categoría se invierte. La patria se identifica con el régimen; la lealtad a la patria se vuelve lealtad al gobierno; y la natural discrepancia se reinterpreta como crimen.
Así que, denunciar violaciones masivas de derechos humanos deja de ser un acto de responsabilidad cívica y se presenta como colaboración con “el enemigo”. Pedir sanciones dirigidas contra las élites corruptas se asimila a “entregar el país”; reclamar ayuda internacional para frenar crímenes de lesa humanidad se etiqueta como “invitación a la invasión”. Esta inversión semántica desconoce una conquista central de la tradición republicana-liberal, como lo es el derecho a la resistencia, frente a la tiranía. Desde la Revolución Francesa hasta las constituciones del siglo XX, la idea de que el pueblo tiene derecho a oponerse a gobiernos que violan de manera sistemática el contrato constitucional ha sido una constante. Interpretar esa resistencia como “traición” es retroceder a una lógica preconstitucional, donde la obediencia al soberano se consideraba un deber absoluto.
No estamos solos, ni aislados
En un mundo interdependiente, ningún Estado es una isla. Las decisiones de un gobierno afectan a sus vecinos, en especial a sus diásporas; a la estabilidad regional y a bienes jurídicos que el derecho internacional considera comunes. A los derechos humanos, la paz, así como a la protección frente a las atrocidades masivas bajo el estigma de los presos de conciencia. Por eso, la doctrina contemporánea insiste en dos ideas que desmontan el uso cínico de la “soberanía” como escudo.
La soberanía implica deberes hacia la población bajo jurisdicción. Cuando esos deberes se incumplen de manera masiva y sistemática, se abre un campo de responsabilidad internacional, que puede incluir sanciones, investigaciones, juicios y, en casos extremos, medidas colectivas de protección. Buscar apoyo internacional —político, jurídico, incluso económico— para proteger a una población del abuso estructural de su gobierno no es, por sí mismo, un acto de “entrega” del país, sino una forma de ejercer la ciudadanía global en un orden jurídico que reconoce que la dignidad humana no puede quedar encerrada dentro de fronteras.
Esto no significa que cualquier intervención sea legítima, ni que los Estados poderosos actúen siempre por motivos altruistas; significa que el “marco normativo” ya no avala la idea de que un gobierno pueda hacer cualquier cosa con su pueblo y refugiarse en la “no injerencia”. La crítica a abusos de poder externo es compatible con el rechazo al uso de la soberanía como coartada para la opresión interna.
A la luz de estas transformaciones, el relato que reduce toda crítica al régimen a “servilismo a potencias extranjeras” y toda acción internacional a “violación de la soberanía nacional” se revela como lo que es: Un anacronismo funcional al poder. Un manifiesto político acorde con la nueva teoría y el nuevo derecho puede afirmarse en cuatro tesis fundamentales.
La soberanía pertenece a la ciudadanía, no al gobierno. El sujeto último de la soberanía es el conjunto de ciudadanos libres e iguales; los gobernantes son delegados revocables. Invocar soberanía contra esos ciudadanos es invertir el sentido del concepto.
La patria es una comunidad de derechos, no un fetiche territorial. Sin garantías efectivas de derechos, la patria se reduce a paisaje y propaganda. Defender la patria hoy es defender las condiciones para que cada persona pueda vivir, pensar, disentir y migrar sin ser castigada por ello.
Oponerse a un régimen autoritario no es traición, sino una forma de lealtad superior. La lealtad que importa no es al gobierno de turno, sino a la promesa constitucional y a la dignidad humana. Quien denuncia, documenta, se organiza y busca apoyo legítimo para detener abusos está honrando esa promesa.
La comunidad internacional no es un enemigo metafísico, sino un espacio de responsabilidad compartida. Usar el lenguaje del siglo XIX para demonizar toda presión o escrutinio externo sirve a quienes quieren seguir violando derechos sin costo. El reto es diferenciar intervenciones ilegítimas de mecanismos legítimos de protección y justicia, no cerrar los ojos en nombre de una soberanía mal entendida.
Un argumento agotado
Desde esta perspectiva, el binomio “soberanía inmodificable / traición a la patria” aparece como un dispositivo retórico agotado. No solo es arcaico en términos teóricos, es peligroso en términos prácticos, porque convierte en sospechosos a quienes ejercen derechos fundamentales y en agentes intocables a quienes se arrogan la representación exclusiva de la nación. El desafío intelectual y político, es sustituir ese lenguaje por otro en el que la palabra patria deje de estar al servicio del miedo y vuelva a nombrar lo que nunca debió dejar de nombrar: Una comunidad de personas que se reconocen mutuamente como sujetos de derecho, por encima de cualquier poder que pretenda usarlas como un rebaño.
La soberanía absoluta nace con Bodin, Hobbes y la construcción del Estado moderno. Un poder “supremo, indivisible y exclusivo” frente a otros poderes internos y externos, pensado para consolidar monarquías y centralizar la violencia legítima, no para garantizar derechos. La “traición a la patria” se formula en códigos penales decimonónicos para proteger a un Estado-persona frente a invasiones, golpes y conspiraciones militares, en un contexto donde el sujeto central es el Estado, no el ciudadano ni sus derechos fundamentales.
Para desestimar esa indigesta propuesta ideológica, estimo que hay una idea clave donde se advierte claramente, que se trata de conceptos hijos de la estatalidad clásica y del enfermizo nacionalismo. No son unas categorías morales eternas. La teoría política y jurídica contemporánea distingue entre soberanía como la “competencia jurídica”, como aquella capacidad de dictar normas y representar al Estado, y la legitimidad democrática. Asi pues, resulta que un Estado puede ser formalmente soberano y, al mismo tiempo, violar masivamente los derechos de su población.
El derecho internacional incorpora límites materiales a la soberanía, así como la prohibición de genocidio, crímenes de lesa humanidad, tortura, desaparición forzada. La doctrina de la “Responsabilidad de Proteger (R2P) y la jurisprudencia de tribunales internacionales afirman que la soberanía no es un “escudo” para atropellar a la ciudadanía. La doctrina de la “Responsabilidad de Proteger” (R2P, por sus siglas en inglés: Responsibility to Protect) es un principio normativo y político del derecho internacional contemporáneo que busca prevenir y detener los peores crímenes masivos contra la población civil. Representa un cambio significativo en la concepción de la soberanía estatal. Ya no es solo un derecho absoluto de no injerencia, sino que conlleva una responsabilidad positiva de proteger a la población.
Presenciamos y somos partícipe de una confrontación de relatos. El invocar “soberanía” para blindar un régimen que viola sistemáticamente derechos humanos es usar un concepto del siglo XVII en un orden jurídico del siglo XXI. La filosofía política contemporánea ha desmontado la idea de “pueblo” como masa homogénea. Hoy se entiende como una “pluralidad de sujetos portadores de derechos” y portadores de desacuerdo legítimo. La lealtad primaria ya no es al Estado sino a la Constitución y a los derechos humanos.
La Patria, la Nación” y el “pueblo” se revelan como construcciones históricas usadas tanto para la emancipación como para la dominación. El patriotismo democrático pasa por asegurar separación de poderes, elecciones libres y garantías individuales, no por obediencia incondicional a un gobierno concreto. Oponerse a un régimen que viola masivamente derechos no es “traición” al pueblo, sino potencialmente lealtad a un concepto más avanzado de pueblo como comunidad de ciudadanos libres e iguales.
La verdadera “fidelidad” ya no se mide por obediencia al gobierno, sino por compromiso con la protección de la vida, la libertad y la dignidad de las personas bajo jurisdicción de ese Estado. La pertenencia a una comunidad política ya no se define solo por líneas en un mapa, sino por la vigencia efectiva de normas y garantías. Cuando un régimen desmonta el Estado de derecho, el problema no es la “intromisión extranjera” sino la ruptura del pacto interno. Desde la Revolución Francesa hasta la teoría democrática actual, se reconoce que frente a tiranías estructurales existe un derecho (e incluso un deber) de resistencia. Calificar ese ejercicio como “traición a la patria” niega el núcleo mismo de las tradiciones republicanas y liberales.
Urge explicar que el derecho internacional contemporáneo subordina la soberanía al respeto a los derechos humanos y que los crímenes de lesa humanidad habilitan mecanismos externos de responsabilidad, sin que eso pueda calificarse seriamente de “injerencia colonial” en el sentido clásico. Redefinir “patria” y “pueblo” como comunidad de derechos, no como patrimonio del gobierno. El patriota no es quien protege al poder, sino quien protege a los ciudadanos frente al poder cuando este se vuelve depredador.
A la pareja de esos artilugios “soberanía?traición” se le puede y debe oponer un trípode de valores que son hoy el corazón de la civilidad política representado por los derechos humanos, la dignidad constitucional y la autonomía ciudadana. Estos valores permiten formular un relato alternativo frente al atavismo soberanía?traición, toda vez que la modernidad política exige un léxico de derechos, constitución, autonomía, responsabilidad y pluralismo. Desde ahí, acusar de “traidor” a quien defiende derechos humanos se revela no solo como injusto, sino como conceptualmente anacrónico.Una verdadera antigualla ideológica.
El verdadero anacronismo no es pedir apoyo internacional ni denunciar a un régimen autoritario, sino seguir entendiendo soberanía y patria como propiedad de un gobierno y no como garantías de una comunidad de ciudadanos libres. Los derechos humanos desplazan la lealtad primaria del Estado al individuo. Ningún proyecto nacional es legítimo si exige sacrificar la vida, la libertad o la integridad de las personas en nombre de una “patria” abstracta. En vez de preguntar quién es leal al gobierno, la vara pasa a ser quién protege mejor los derechos. Los gobernantes, opositores y actores internacionales se miden por su contribución efectiva a esa protección, no por sus consignas patrióticas.
La constitución -como pacto de libertades, límites al poder y garantías- reemplaza a la “soberanía popular” entendida como ese cheque en blanco que se entrega al mandón de turno. El pueblo no es una masa que delega todo, sino una pluralidad que fija candados al poder. Donde antes se gritaba “traición a la patria”, una cultura constitucional madura exige mostrar qué cláusula, qué derecho, qué garantía se ha violado. El eje temático ya no es patria vs. antipatria, sino constitucional vs. anticonstitucional.
La autonomía tanto en su plano individual como colectiva colectiva es el valor que rompe la idea de que la virtud cívica consiste en obedecer. El buen ciudadano no es el sumiso, sino el que piensa, critica, se organiza y resiste cuando el poder deviene abusivo. Desde esta óptica, el disidente deja de ser “traidor” y pasa a ser un actor legítimo en la disputa democrática, siempre que respete a su vez los derechos de otros. El conflicto político deja de leerse en clave de guerra civil simbólica y se entiende como parte normal de una sociedad libre
La responsabilidad política sustituye al honor patriótico vacío. Gobernar deja de ser encarnar la nación y pasa a ser rendir cuentas por decisiones concretas, ante tribunales, parlamentos, prensa y ciudadanía. El pluralismo desmonta el monopolio del “pueblo verdadero”, puesto que ningún grupo puede apropiarse de la nación. Hay muchas maneras legítimas de querer al país, y el debate es precisamente el terreno donde se confrontan esas visiones sin criminalizarlas.
En conjunto, estos valores permiten formular un relato alternativo: frente al atavismo soberanía?traición. La modernidad política exige un léxico de derechos, constitución, autonomía, responsabilidad y pluralismo. Desde ahí, acusar de “traidor” a quien defiende derechos humanos se revela no solo como injusto, sino como algo conceptualmente anacrónico.
