Dudoso. En redes sociales está volviendo a circular un mensaje viral, que está en Internet desde agosto de 2024, en el que se afirma que los administradores de grupos en plataformas como WhatsApp, Telegram y Facebook en Venezuela son legalmente responsables por el contenido compartido por los participantes.
No obstante, esto resulta dudoso, ya que ningún decreto vigente atribuye directamente a los administradores la obligación de responder ante la ley por las publicaciones de otros.
El equipo de Cazadores de Fake News verificó la Gaceta Oficial número 42.939, del 12 de agosto de 2024, que contiene el decreto 4.975 sobre la creación del Consejo Nacional de Ciberseguridad, organismo al que se le atribuye estas funciones en la cadena viral.
Consejo Nacional de Ciberseguridad no establece directamente responsabilidad legal de los administradores de grupos por los contenidos publicados
La cadena mezcla leyes y exagera el decreto, instalando miedo en redes:https://t.co/BBTt49Yovt pic.twitter.com/sIYnoNX1vC
— Cazadores de Fake News (@cazamosfakenews) August 17, 2025
El documento precisa que la instancia será un “órgano asesor y de consulta dependiente del Presidente de la República Bolivariana de Venezuela en materia de la prevención de los usos delictivos de las tecnologías de comunicación e información”.
El decreto 4.975 establece las funciones y organización del Consejo Nacional de Ciberseguridad, pero en ningún momento señala que “los administradores de grupos en redes o mensajería sean responsables del contenido compartido ni que el organismo pueda imponerles responsabilidades legales”.
A pesar de esto, el medio de verificación puntualizó que el numeral 8 del artículo 2 del decreto sobre el Consejo establece que está en la facultad de “requerir de las personas naturales o jurídicas de carácter público y privado los datos, estadísticas e informaciones relacionados con la seguridad informática de la nación, así como su necesario apoyo”.
En la interpretación de los investigadores, esto significaría “que los administradores de grupos —o cualquier ciudadano al que se les requiera— tendrían que entregar el material solicitado”, y, a falta de un documento que indique lo contrario, no implica responsabilidad legal por el contenido compartido por otros integrantes.
El decreto sobre el Consejo Nacional de Ciberseguridad tiene una redacción amplia que, según expertos, podría permitir la aplicación de otras leyes relacionadas con el orden público y la prohibición de mensajes de odio.
“La redacción genérica del decreto sobre el Consejo Nacional de Ciberseguridad, así como en las funciones de esta instancia, podría dar lugar a que puedan aplicarse otros instrumentos legales invocando el derecho a la paz, entre ellas la Ley contra el Fascismo, Neofascismo y Expresiones Similares, con énfasis en sus artículos 5, 10 y 11, respectivamente, que hablan sobre el Orden Público, la proscripción de la cultura del odio, la intolerancia y la muerte y la prohibición de mensajes fascistas”, se puede leer en el artículo de Cazadores de Fake News.
Además, otro punto clave que fue destacado por la organización no gubernamental (ONG) Acceso a la Justicia es que en los considerandos del decreto “se declara al ciberespacio como una materia de interés público, lo cual, según la normativa legal, es una atribución que le corresponde exclusivamente al Poder Legislativo (materia de reserva legal), no al Ejecutivo”.
#AlertaLegal En redes sociales circula información sobre la creación del Consejo Nacional de Ciberseguridad. Es importante aclarar que esta noticia no es nueva, pues dicho consejo fue creado en agosto del año pasado, mediante Decreto presidencial n.° 4.975, publicado #EnGaceta… pic.twitter.com/VYkkUy1wgG
— Acceso a la Justicia (@AccesoaJusticia) August 12, 2025
De esta forma, la cadena que data de 2024 sobre la responsabilidad legal de los administradores de grupos en redes sociales en Venezuela es dudosa. El Decreto N° 4.975 no los hace responsables directamente, aunque sí contempla que puedan colaborar proporcionando información si se les solicita.
La entrada ¿Los administradores de grupos de redes sociales tienen responsabilidad legal por el contenido que se comparte? se publicó primero en El Diario.