
La fiscal general, Pam Bondi, ordenó a fiscales y jueces de inmigración considerar en sus fallos una decisión emitida por la Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA) el pasado 23 de julio, que eleva el estándar de miedo creíble en casos de asilo.
Por Univision
“De conformidad con la orden número 6380-2025, de fecha 20 de agosto de 2025, la fiscal general designó la decisión de la Junta en el asunto O-Y-A-E- (BIA, 23 de julio de 2025) como precedente en todos los procedimientos relacionados con el mismo asunto o asuntos”, se lee en uno de los referidos contenidos en el documento de cuatro páginas al que tuvo acceso Univision Noticias.
El caso O-Y-A-E corresponde a una inmigrante de origen venezolano que pidió asilo en Estados Unidos y en 2024 (durante el gobierno de Joe Biden) y un juez de inmigración, tras analizar las evidencias recopiladas durante el caso, le otorgó el amparo.
Sin embargo, el Departamento de Seguridad Nacional (DHS) apeló la decisión de fecha 4 de diciembre del 2024, donde concedió la solicitud de protección de la demandada (asilo), “en virtud de las normas que implementan la Convención contra la Tortura (CAT), señala el documento remitido por el Departamento de Justicia (DOJ).
Tras deliberar el caso, el 23 de julio de este año la BIA revirtió la sentencia y emitió una orden de deportación en contra de O-Y-A-E. Y le advierte que, de no cumplir con la salida del país ordenada por el tribunal, incurre en una multa de $998 dólares diarios.
El caso O-Y-A-E
De acuerdo con los documentos judiciales, O-Y-A-E sirvió en el Ejército venezolano como oficial de contrainteligencia y teniente. Argumentó en la petición de asilo que temía ser “golpeada, secuestrada, detenida, torturada o asesinada si regresaba a Venezuela debido a su negativa a cumplir” con una orden para “falsificar un documento” emitida por uno de sus superiores, identificado como ‘comandante Ortado’.
Luego de un análisis, el juez de inmigración del caso consideró que su petición “era creíble y que cumplía con la carga de la prueba para la suspensión de la expulsión bajo la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes (CAT)”, explica el DOJ.
Los alegatos, además, indican que el juez determinó que, “si bien la demandada no había sufrido tortura en el pasado, el comandante Ortado amenazó con secuestrarla, encarcelarla, torturarla y asesinarla a ella y a su familia”. Y que el juez determinó que la demandada “declaró creíblemente que presenció personalmente la tortura de otro oficial llamado Ozuna”.
Según el DOJ, también el juez determinó que, “incluso después de que la demandada solicitara su retiro del Ejército, el comandante Ortado envió una unidad militar armada a su domicilio para buscarla y la amenazó”. Precisa que el juez del caso también determinó que, dado el tiempo que la demandada pasó en el Ejército como oficial de contrainteligencia, “el gobierno venezolano cuenta con los recursos necesarios para identificarla fácilmente a su regreso a Venezuela”.
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