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jueves 7 de agosto 2025
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Algunos “detalles” de la designación del Cartel de los Soles como organización terrorista

La designación en EEUU del Cártel de los Soles como Organización Terrorista Extranjera (FTO, por sus siglas en inglés) y como Grupo Terrorista Global Especialmente Designado (SDGT) tiene serias implicaciones.

Por lapatilla.com

Las implicaciones prácticas de que EEUU designe a Nicolás Maduro y al Cártel de los Soles como grupo terrorista incluyen:

Sanciones más estrictas: Restricciones financieras y comerciales más severas sobre funcionarios venezolanos y entidades vinculadas al régimen.
Congelación de activos: Las autoridades de EEUU pueden incautar bienes vinculados a Maduro o miembros del cartel mantenidos en jurisdicciones estadounidenses.
Procesamiento penal: Abre la puerta a cargos federales en EEUU contra individuos o empresas que apoyen o financien al grupo.
Prohibiciones de viaje y restricciones de visa: Individuos asociados con el grupo tienen prohibida la entrada a EEUU
Aislamiento financiero global: Bancos e instituciones internacionales pueden evitar hacer negocios con Venezuela para prevenir riesgos legales o de reputación.
Justificación militar o de inteligencia: La designación puede usarse para justificar acciones encubiertas o vigilancia reforzada.

IMPLICACIONES LEGALES

1. Restricciones de Apoyo Material (Ley de EE?UU)
Según la ley estadounidense (18 U.S.C. §?2339B), es ilegal proveer apoyo material o recursos a una FTO.
Esto puede incluir apoyo financiero, logístico, asesoría, servicios o incluso la facilitación de un diálogo.
Incluso relacionarse diplomáticamente con Maduro podría desencadenar un escrutinio legal.

2. Aplicación de Sanciones de la OFAC
Facilitar negociaciones puede implicar interacciones con individuos o entidades sancionadas. Ver más aclaraciones abajo.
Cualquier transacción —viajes, alojamiento o gastos vinculados al aparato de Maduro— puede requerir una licencia de la OFAC.

Consecuencias Políticas y Diplomáticas
Actores o afiliados del gobierno de EEUU deben obtener una autorización especial para interactuar con Maduro.
Intermediarios privados, como ONG o exdiplomáticos, podrían enfrentar consecuencias legales o de reputación si EEUU interpreta sus acciones como apoyo a un régimen vinculado al terrorismo.
Iniciativas diplomáticas respaldadas por la ONU o la UE también podrían volverse más complejas, especialmente si involucran financiamiento o coordinación con instituciones alineadas con Maduro.

3. Restricciones de Interacción
Según 18 U.S.C. §?2339B (Apoyo Material a FOTOS), se puede procesar a alguien incluso sin que exista pago o transacción, si su interacción no financiera es considerada como:
Entrenamiento
Asesoría experta o asistencia
Servicios
Apoyo de personal
Facilitación de comunicación o logística

Asimismo, “hablar” o “negociar” con una entidad designada puede ser ilegal si de algún modo la ayuda o legítima.

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